Carpeta Ciudadana

 

 

¿Qué es Carpeta Ciudadana?

La Carpeta Ciudadana es un entorno en el que la ciudadanía puede consultar de forma privada y segura sus trámites presentados, notificaciones de actos administravios y sus datos personales. 

¿Cómo se accede?

El acceso a la Carpeta Ciudadana de la Sede Electrónica Central de la Diputación de Cádiz se realiza mediante Certificado Digital o a través del sistema de autenticación común para las administraciones pública Cl@ave, lo que posibilita la acreditación segura de la identidad y el acceso inmediato a la información personalizada. 

Recientemente se ha incorporado el sistema Cl@ve identificación, la plataforma común del Gobierno de España para la identificación y autenticación electrónica para el conjunto de administración públicas.

Actualmente la Diputación de Cádiz cuenta con una Sede Electrónica Central, cuya dirección electrónica de referencia es https://sede.dipucadiz.es, y una Sede Electrónica Derivada del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria, cuya dirección electrónica de referencia es https://sprygt.dipucadiz.es.

Sistema Cl@ve Identificación

 

 

La Diputación de Cádiz sigue avanzando en la mejora de sus sistemas de administración electrónica para facilitar el acceso al conjunto de la ciudadanía, entidades y empresas que se relacionan con ella por medios electrónicos. Por ello ha incorporado en sus sedes electrónicas el sistema Cl@ve identificaciónla plataforma común del Gobierno de España para la identificación y autenticación electrónica disponible para el conjunto de administración públicas.

Actualmente la Diputación de Cádiz cuenta con una Sede Electrónica Central, cuya dirección electrónica de referencia es https://sede.dipucadiz.es, y una Sede Electrónica Derivada del Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria, cuya dirección electrónica de referencia es https://sprygt.dipucadiz.es.

¿Qué es Cl@ve?

Este sistema Cl@ve está orientado a unificar y simplificar el acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y ofrece distintos sistemas de identificación.  

Se trata de una plataforma común para la identificación y autenticación, un sistema interoperable y horizontal que evita a las Administraciones Públicas tener que implementar y gestionar sus propios sistemas de identificación, y a los ciudadanos tener que utilizar métodos de identificación diferentes para relacionarse electrónicamente con la Administración.

Acceso con Cl@ve

Aunque el sistema contempla distintos formas de identificación, inicialmente solo se ha habilitado el acceso con certificado y con clave concertada permanente (usuario más contraseña), lo que permite acceder, además de con la clave concertada, con el certificado del DNI electrónico y/o con los certificados que admite la plataforma, que son los siguientes:

  • Persona física:  certificado cualificado de firma, que son aquellos certificados de firma electrónica que ha sido expedido por un prestador cualificado de servicios de confianza y que cumple los requisitos establecidos en el anexo I del Reglamento (UE) 910/2014.
  • Empleado Público
  • Persona física representante ante las AAPP de persona jurídica
  • Persona física representante ante las AAPP de entidad sin persona jurídica

Para más información sobre Cl@ve visite el siguiente enlace.

Acceso con certificado

Dado que el sistema Cl@ve solo reconoce los certificados anteriormente relacionados, y dado que actualmente está en fase de despliegue los nuevos certificados con las características técnicas en el Reglamento (UE) 910/2014, se mantiene de manera transitoria el sistema de autenticación que ya se disponían ambas sedes electrónicas hasta que se vayan renovando los certificados electrónicos emitidos bajo la normativa anterior.

Los certificados admitidos a través del “Acceso con certificado” de ambas sede son los que se relacionan en la Sede Electrónica Central https://sede.dipucadiz.es/certificados-admitidos


En caso de dificultades técnicas en el uso de las sedes electrónicas de la Diputación de Cádiz, tiene a su disposición el soporte del Centro de Atención al Usuario (CAU) de la Empresa Provincial de Información de Cádiz S.A. (EPICSA) a través de la dirección de correo electrónico incidencias@dipucadiz.es o el teléfono 956 261 900.

Identificación de conductores

 

 

¿Qué es la identificación del conductor?

Facilitar a la Administración la identificación veraz del conductor del vehículo en el momento de ser cometida la infracción de tráfico, siempre que no se haya producido la detención del vehículo y por tanto ya se haya identificado al infractor por parte del agente denunciante.

IMPORTANTE: Puedes comunicar en la Jefatura Provincial de Tráfico un conductor habitual del vehículo, que será al que le llegarán las denuncias, mientras dure dicha comunicación, y sobre el que recaerá la obligación de identificar al conductor del vehículo en el momento de cometerse la infracción.

¿En qué supuestos se debe identificar al conductor?

Se debe identificar siempre que sea debidamente requerido para ello por aparte de la Administración.

¿Qué plazo tengo para identificar al conductor?

Tiene un plazo de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la notificación de la denuncia o requerimiento de identificación.

¿Quién está obligado a realizar esta identificación?

El titular del vehículo, el arrendatario a largo plazo o el conductor habitual.

¿Qué datos necesito para identificar al conductor?

Si el identificado tiene permiso de conducir español:

  • Datos de la persona, física o jurídica, que identifica.
  • Número de la denuncia.
  • El número de permiso o licencia de conducción del identificado.
  • Es conveniente, aunque no obligatorio, aportar un domicilio para efectuar la notificación a la persona identificada ya que de lo contrario se remitirá al domicilio que conste en la DGT pudiendo, este, no estar actualizado.

Si el identificado no tiene permiso de conducir español:

  • Datos de la persona, física o jurídica, que identifica.
  • Número de la denuncia.
  • Copia de la autorización administrativa, del identificado, que le habilite a conducir en España -en el caso de tratarse de empresas de alquiler de vehículos sin conductor, la copia de autorización administrativa podrá sustituirse por la copia del contrato de arrendamiento firmado por ambas partes-.

¿Qué consecuencias tiene la identificación veraz del conductor?

Si la identificación se ha realizado con los datos correctos, se procederá al archivo de las actuaciones  iniciándose, contra el identificado, el procedimiento sancionador.

¿Qué consecuencias tiene si no se identifica al conductor?

Incumplir la obligación de identificar verazmente al conductor responsable de dicha infracción, cuando sea debidamente requerido para ello en el plazo establecido, supondrá la imposición de una multa del doble de la prevista para la infracción originaria que la motivó, si es infracción leve y el triple, si es infracción grave o muy grave.

A la multa impuesta por no identificar al conductor no le será de aplicación el procedimiento sancionador abreviado, no pudiéndose beneficiar de la reducción del 50% del importe de la sanción. 

Acceso al trámite de Identificación de conductores

Plan de pago PERSONALIZADO

 

 

¿Qué es un Plan de Pago Personalizado?

Es una modalidad de pago donde podrá fraccionar sus recibos a lo largo del ejercicio hasta un máximo de 10 plazos, sin abono de intereses ni recargo alguno.

¿Qué puedo pagar?

Se podrán pagar todos los tributos de cobro periódico (IBI, IAE, IVTM, IIVTNU, Basura, Mercados, Vados...), quedando exentas las liquidaciones tributarias y las sanciones de cualquier tipo.

¿Cuándo puedo pagar?

Las fechas de cargo de cada plazo serán los días 2 o inmediato hábil posterior de los meses que a continuación se especifican, según el número de plazos elegido.

4 Plazos: Marzo, Julio, Octubre y Diciembre.  

5 Plazos: Marzo, Mayo, Julio, Octubre y Diciembre.

6 Plazos: Marzo, Mayo, Julio, Septiembre, Noviembre y Diciembre.

7 Plazos: Marzo, Mayo, Junio, Julio, Septiembre, Noviembre y Diciembre.

8 Plazos: Marzo, Abril, Junio, Julio, Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre.

9 Plazos: Todos los meses desde Marzo a Diciembre, ambos inclusive, excepto Agosto.

10 Plazos: Todos los meses desde Marzo a Diciembre, ambos inclusive.

¿Me puedo acoger al plan?

Podrá acogerse al plan si cumple los siguientes requisitos:

  • Al objeto de que el plan tenga efecto en el ejercicio en curso, las solicitudes deberán presentarse entre los días 1 de enero y 20 de agosto. A las solicitudes presentadas fuera del plazo anterior les será aplicado el Plan de Pago Personalizado en el ejercicio siguiente al de la solicitud. 
  • Los recibos deberán estar claramente identificados y habrán de constar en la lista cobratoria del ejercicio anterior o del ejercicio en curso si estuviera cargado a fecha de la solicitud y en periodo voluntario.
  • Se podrá solicitar la incorporación al Plan Personalizado de Pago de tributos de un mismo sujeto pasivo. Por excepción se incorporarán al Plan tributos cuyo sujeto pasivo sea el cónyuge en régimen de gananciales.
  • El contribuyente puede seleccionar los tributos que quiere incluir en el Plan, si bien, para un concepto tributario deberán fraccionarse todos los periodos de cada tributo que se pongan al cobro en ese ejercicio.
  • El contribuyente se acogerá a la periodicidad del pago preestablecida y solicitada por él en el Plan.
  • Para conceder el Plan personalizado de Pago, la cuota resultante de cada fracción ha de ser igual o superior a 15 euros.
  • El pago habrá de hacerse necesariamente mediante domiciliación en una única cuenta bancaria, cuyo titular coincidirá con alguno de los sujetos pasivos, cuyos tributos se incorporarán al plan.
  • Caso de estimarse la solicitud, el plan se prorrogará automáticamente para ejercicios sucesivos en las condiciones concedidas.

¿Qué documentación debo presentar?

Los documentos a presentar son los siguientes:

  • Fotocopia de la libreta de la Entidad Bancaria donde consten titulares.
  • En caso de Matrimonio, Declaración Jurada donde consten nombre y DNI del sujeto pasivo y cónyuge, dirección y declaración donde indiquen que se encuentran en régimen gananciales. 

Acceso al trámite de Plan de Pago Personalizado