Gestión de Cuentas Bancarias


¿Quién puede realizarlo?

Cualquier ciudadano o empresa o su representante, que dispongan de certificado o CL@VE electrónica.

Área, Servicio u Organismo destinatario

Servicio Provincial de Recaudación y Gestión Tributaria.

Descripción

A través de este procedimiento podrá incorporar una nueva cuenta bancaria para ser utilizada en las domiciliaciones de sus tributos.

Si usted no es el titular de la cuenta bancaria no olvide que, además de la documentación señalada en “Documentos adjuntos”, deberá proporcionar una autorización firmada del titular de la cuenta a favor del interesado del procedimiento.

Documentos Adjuntos

  • Acreditación de titularidad de la cuenta bancaria.
  • Autorización del titular de la cuenta, en su caso.

Normativa Reguladora

  • Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

Vigencia

Permanente.

Tipo de Presentación

Este trámite podrá realizarse de manera presencial en el Registro General de la Diputación de Cádiz, o de manera electrónica ante el Registro Electrónico Común de la Diputación de Cádiz haciendo uso del DNI electrónico o de un de un certificado digital.