Baja domiciliaciones bancarias


¿Quién puede realizarlo?

Cualquier ciudadano o empresa o su representante, que dispongan de certificado o CL@VE electrónica.

Descripción

A través de este procedimiento podrá dar de baja una domiciliación bancaria de los recibos de Padrón que hubiera dado de alta anteriormente.

Normativa Reguladora

- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Reglamento General de Protección de Datos de la UE (Reglamento UE 2016/679, de 27 de abril de 2016).