Embargo de Salarios. Retención y Pagos


¿Quién puede realizarlo?

Empresas y autónomos empleadores de contribuyentes sobre los que ha recaído un embargo de salario y están obligados a retener, que dispongan de certificado o CL@VE electrónica.

Descripción

A través de este procedimiento la empresa o autónomo puede dar cumplimiento a la diligencia por la que se ordena la retención del salario del deudor por la parte correspondiente regulada en el art.607 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil.

Normativa Reguladora

  • Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
  • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.